Una Sociedad Civil es un proyecto empresarial, donde un grupo de personas aportan los medios para alcanzar un objetivo común. En este artículo explicamos qué es, cuáles son sus características, cómo inician y cómo funcionan según el ordenamiento español.
Índice de contenido
¿De qué se trata una Sociedad Civil?
Una Sociedad Civil es un convenio celebrado entre varias personas, las cuales aportan recursos, con la intención de alcanzar un fin común y desarrollar una labor con ánimo de lucro. Se trata de un tipo de sociedad que, por lo general, se orienta al micro-emprendimiento de naturaleza mercantil, buscando obtener ganancias en la transacción comercial de compra-venta de productos específicos.
En consecuencia, las sociedades civiles están comprometidas con la tributación del Impuesto sobre sociedades (IS), que grava la generación de rentas a partir de una actividad comercial, salvo aquellas con objeto mercantil dedicado a actividades como la agricultura, ganadería, trabajos forestales, minería y de carácter profesional, por cuanto son ajenas a este ámbito.
Además, en España las sociedades civiles se rigen por el Código de Comercio para los efectos mercantiles, así como por lo dispuesto en el Código Civil para lo que tiene que ver con derechos y obligaciones de los socios.
Los socios en la Sociedad Civil
La participación societaria en este tipo de organizaciones se constituye con 2 o más personas, siempre y cuando realicen una contribución, que puede ser de tipo financiero, material o intelectual. La cual estará representada en dinero líquido, bienes, insumos para transformación, generación de ideas, procesos o la ejecución de actividades de coordinación, entre otros.
Los socios se categorizan según la contribución que realicen, por ejemplo:
- Quienes aportan dinero o bienes sin participar en la ejecución de tareas, se denominan socios capitalistas.
- Mientras que aquellos socios que se involucran de forma directa en la actividad de la Asociación Civil, por medio del trabajo intelectual o aportando mano de obra directa, son socios industriales.
La carga de los socios es mancomunada, es decir, que debe prevalecer la equidad entre la ejecución de las labores y el aporte del recurso material, hecho por cada socio. Lo mismo sucede con las deudas que adquiere la empresa, éstas serán divididas en tantas partes como socios participen.
En este orden de ideas, ambos tipos de socios responden de manera personal e ilimitada por los pasivos que contraiga la sociedad, quedando comprometido su propio peculio personal. En los casos donde la sociedad no logre honrar la deuda, el socio responderá con sus bienes personales.
Los socios y el alta en RETA
Los socios deberán darse de alta como autónomos y tramitar el Régimen Especial de Trabajadores (RETA), en la seguridad social. Tienen la opción de apegarse al beneficio de la tarifa plana, establecida en 60 euros mensuales, en lugar de someterse a la base de cálculo que aplica al resto de los autónomos.
En la cual se toma como base 944,35 euros (establecidos como parámetro mínimo por el Estado), que multiplicado por la alícuota del 30,31% según la ley, da como resultado una cuota mensual de 286,23 euros. Por otra parte, los familiares directos de los socios, también aplican para este registro, hasta segundo grado de consanguinidad, siempre y cuando desempeñen alguna función en la Asociación.
Si quieres profundizar en este tema te recomendamos el artículo sobre alta en RETA.
Características de la Sociedad Civil
Una Sociedad Civil presenta una serie de elementos distintivos que la caracteriza, entre los que destacan:
- No tiene personalidad jurídica propia, sino que se ampara legalmente en un contrato.
- Está regida por el Código de Comercio y el Código Civil.
- Se encuentra conformada por 2 o más personas, conforme a una cuota de participación según las aportaciones hechas por cada socio.
- La responsabilidad por parte de los socios frente a terceros por motivo de deudas, daños o perjuicios que pudieran causarle, es ilimitada.
- En materia tributaria, es contribuyente del Impuesto de Sociedades.
- Debe llevar un sistema contable similar al de las Sociedades Limitadas.
- Se disuelve por el vencimiento del contrato, por muerte, insolvencia o incapacitación de alguno de los socios, por embargo del patrimonio o por cambio de su razón social.
- No se le exige un capital social mínimo para ponerla en marcha.
- No requiere darse de alta en el Registro Mercantil.
Las características particulares de cada Sociedad Civil, se encuentran contenidas en el contrato de constitución donde se expresa: el tipo de actividad a la cual se dedica la misma, las aportaciones hechas por cada socio, determinación de la cuota de participación, el sistema de administración y representación.
Adicionalmente, en los casos donde los socios aportan bienes inmuebles o derechos reales de mayor cuantía, la sociedad debe ser constituida mediante escritura pública ante un notario.
La gestión administrativa de una Sociedad Civil
En las sociedades civiles, la gestión administrativa es muy importante para mantener la equidad. Así, el conjunto de actividades que se realizan deben ser organizadas de forma igualitaria en lo que respecta a las actividades, la dedicación y los recursos.
La forma de gestionar el proceso administrativo será decidida por consenso entre los socios. Las opciones son las siguientes:
- Gestión administrativa concentrada: puede ser ejercida por un solo integrante de la sociedad, quien fungirá como administrador único.
- Administración solidaria: se nombra un administrador con potestad de ejercer los actos que amerite la labor comercial, sin embargo, sus acciones deben estar avaladas con la firma de al menos uno de los otros socios.
- Gestión mancomunada: comprende la intervención de todos los socios en la toma de decisiones y el manejo administrativo. Se requiere la firma de todos para realizar los trámites correspondientes.
¿Cómo se gestionan los pagos de los socios en una Sociedad Civil?
Según lo contempla el ordenamiento jurídico español, los miembros de una Sociedad Civil pueden diseñar un sistema de pagos por cualquiera de las dos modalidades que se mencionan a continuación:
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Sistema de nómina
Esta modalidad le permite a la Sociedad Civil tener mayor control sobre la regularidad de los pagos, conforme a los acuerdos convenidos en cuanto al total a devengar, fecha de cobro, medio de pago, deducciones de ley y otros aspectos relacionados.
Esto se traduce en ahorro de tiempo, automatización del proceso, reducción de errores de cálculo y facilita el registro contable. Lo cual contribuye a la correcta rendición de cuentas y la declaración del Impuesto sobre sociedades. Esta operación genera un recibo de pago para efectos contables.
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Pago de honorarios profesionales
Este sistema es menos estructurado, permite la flexibilidad de pagos según la participación del socio en las labores generadoras de los ingresos. En esta modalidad, el socio no tiene una asignación salarial fija, sino que sus ingresos dependerán del porcentaje de ventas.
El trabajador puede verse favorecido o afectado según se vayan dando las condiciones del mercado. No obstante, para la empresa representa una tarea sencilla que no amerita mucha dedicación para llevar registros, los cálculos son realizados porcentualmente sobre el ingreso y se realiza el pago de manera directa. Esta operación genera una factura como soporte contable.
¿Cuáles son las condiciones para poner en marcha una Sociedad Civil?
Para constituir una Sociedad Civil se requiere realizar un contrato privado entre los socios, quienes deberán firmar en señal de conformidad con lo establecido. Este documento se denomina contrato de constitución y describe la identificación de la sociedad, así como la naturaleza de las actividades a desarrollar, dejando claro el objetivo para el cual fue creada.
También, detalla los datos generales de identidad de los asociados, el porcentaje de aportación hecho por cada uno y determinación de la cuota de participación. Se establece el rol a ejercer, especialmente la designación de las personas que representarán legalmente y administrarán los fondos de la asociación. Asimismo, el documento constitutivo establece la normativa interna y los requisitos para calificar como socio.
Documentación requerida
Una vez firmado el contrato, los socios deben dar de alta a la Sociedad Civil en Hacienda, para lo cual será necesario presentar la siguiente documentación:
- Declaración censal con el Modelo 036 para darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
- Pago del Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados, correspondiente al 1 % del patrimonio de la sociedad, aportado por los socios.
- Certificación de que cada miembro se dio de alta como autónomo societario en la Seguridad Social, por medio del RETA, sistema que regula las cotizaciones de los trabajadores por cuenta propia.
- Solicitud del número de patronal en caso de tener prevista la contratación de trabajadores.
- Constancia de la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo, donde se indique la entidad gestora con la cual se estableció la cobertura.
- Licencia de apertura del local para ejercer la actividad económica y licencia de obras (si procede el caso), emitidas por el Ayuntamiento.
Para complementar la información puedes ver el vídeo Tipos de empresas y sociedades mercantiles según forma jurídica en España, a continuación:
Al tener el alta de Hacienda, el representante de la Asociación Civil debe dirigirse ante los Organismos de la Consejería de Trabajo de la Comunidad Autónoma donde ejercerán la actividad comercial, para notificar la puesta en marcha del negocio.
En caso de que requieras más datos, te invitamos a leer nuestro artículo dedicado al tema de la licencia de obras.
Ventajas y desventajas que enfrentan las sociedades civiles
La ventaja de una Sociedad Civil radica en que su constitución no implica un alto coste, pues no requiere escritura pública ante notario ni inscripción en el Registro Mercantil. Además, lleva contabilidad básica, paga un solo impuesto, sus socios tienen el beneficio de tarifa plana en RETA y constituye una alianza entre autónomos, especialmente si no cuentan con muchos recursos.
Las desventajas, principalmente se concentran en que la Sociedad Civil no ofrece el perfil ni la solidez de una sociedad limitada. La responsabilidad es compartida e ilimitada por parte de los socios para enfrentar infortunios. Al respecto te recomendamos reforzar tu investigación con el artículo sobre qué mutua elegir.