Autónomo Colaborador: Requerimientos, ventajas y más

A continuación, se presenta un artículo que busca difundir información relacionada con el Autónomo Colaborador, para que puedas conocer ¿Qué es? ¿Qué beneficios tiene?, requisitos, ventajas, obligaciones y todo lo relacionado con este tema.

autonomo colaborador

Autónomo Colaborador

Cuando tienes una pequeña y mediana empresa (PyME), en algún punto se hace necesario contratar trabajadores. Y que mejor opción que contratar a algún familiar cercano que ya conozca tu trabajo, sea de confianza y que además el dinero que le pagues de una u otra forma se quedaría en casa.

El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos contempla esta figura como Autónomo Colaborador. En pocas palabras, el colaborador deberá ser un familiar que convive y trabaja contigo, o también que dependa económicamente del trabajador autónomo.

Al contratar un familiar directo, que además vive contigo, es una gran ventaja para tu negocio, desde el punto de vista laboral tendrás una persona que se preocupe y se comprometa con el trabajo. Desde el punto de vista fiscal, al contabilizar los gastos que genera el trabajador termina siendo un beneficio en la declaración de impuesto. Tal vez pueda interesarte el siguiente artículo sobre documento privado entre hermanos.

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Requisitos del Autónomo Colaborador

Si deseas ser Autónomo Colaborador, debes saber que existen una serie de requisitos y para serlo deberás cumplir con los siguientes:

  • Familiar Directo: El aspirante a Autónomo Colaborador debe ser conyugue, hijos, padres, suegros, hermanos, nietos, cuñados, abuelos, etc. Deben ser familiares por consanguinidad, afinidad o adopción.
  • Trabajar de forma Habitual: Para ser un autónomo colaborador, tu familiar deberá ser un trabajador constante y no sólo apoyarte en actividades puntuales por un tiempo determinado.
  • Vivir juntos o ser dependiente: Obligatoriamente deberán vivir bajo el mismo techo a menos que el autónomo colaborador depende económicamente de ti.
  • No estar registrado como trabajador por cuenta ajena: No debes tener ningún vinculo laboral distinto al de tu familiar.
  • Ser mayor de 16 años: De acuerdo con el estatuto de los Trabajadores está prohibido para cualquier persona menor de 16 años ejercer cualquier actividad profesional, esto incluye trabajar para un familiar.

Con el caso de la contratación de parejas, existen diversas posturas y esta opción se ha modificado varias veces. Entre lo años 2012 y 2015, las parejas podrían ser autónomos colaboradores, de acuerdo a la Ley 3/2012. La Ley de Fomento de trabajo autónomo cerró esta posibilidad. Actualmente, gracias a la Ley de Reformas Urgente del Trabajo autónomo, vuelve a ser posible la contratación de tu pareja como colaborador.

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Es muy importante que, tanto el trabajador autónomo y el colaborador, tengan presente todos los aspectos relacionados con su situación laboral. Ambas figuras, deben conocer sus derechos y deberes, con esto evitarán posibles enemistades a futuro y más aún siendo familia.

Ventajas del Autónomo Colaborador

Al convertirte en un autónomo colaborador, además de apoyar al trabajador autónomo podrás disfrutar de algunas ventajas, como son:

  • Bonificación del 50% en la cuota de autónomos por 18 meses.
  • Luego de los 18 meses iniciales, podrás disfrutar de 25% de bonificación por seis meses.
  • Estas exento de presentar declaraciones de IVA e IRPF, debido a que la Agencia Tributaria considera al autónomo colaborador como trabajador de cuenta ajena.
  • Trámites de alta sencillos, sólo deberás llenar un formulario y presentarlo a la Seguridad Social.
  • Tienen derecho a prestación por desempleo, la Seguridad Social considera a los autónomos colaboradores como empleados de cuenta ajena, por lo cual conservan el derecho al empleo. Habiendo leído esto, tal vez pueda interesarte este artículo sobre solicitud de prestación contributiva.

Ser Autónomo Colaborador

Para convertirte en un autónomo colaborador, deberás cumplir con unos trámites sumamente sencillos, incluso más fáciles que ser autónomo normal. Tan sólo deberás registrarte en la Seguridad Social como familiar colaborador, no es necesario darse de alta en la Agencia Tributaria, ya que como se mencionó anteriormente, los autónomos colaboradores están exentos de realizar declaraciones de IVA e IRPF.

Para formalizar tu registro, debes completar el formulario para tal fin y presentarlo en la Seguridad Social, así de sencillo es darte de alta como colaborador.

Documentación Necesaria

Los documentos requeridos para formalizar tu alta como Autónomo Colaborador son realmente simples y toda persona debe contar con ellos, a saber:

  • DNI vigente y en buen estado.
  • El Libro de Familia.
  • Copia del registro en la Agencia Tributaria del titular del negocio.

Esta documentación deberá ir acompañada del formulario dispuesto para el registro de Autónomos colaboradores, en cada oficina y organismo público. Como puedes ver el proceso de alta es realmente fácil, rápido y no debe presentar ningún contratiempo al momento que desees utilizarlo. Seguramente te encantará este artículo de libro de familia.

Obligaciones

Al igual que disfrutarás de ventajas, debes conocer que como autónomo colaborador, también debes cumplir con obligaciones.

  • Autónomo Colaborador: para la Agencia Tributaria los colaboradores son considerados como trabajadores por cuenta ajena, es por ello que no estás obligado a realizar declaraciones de IVA ni de IRPF. Sin embargo, Deberás realizar la declaración anual de renta, como cualquier trabajador y realizar el pago que corresponda de acuerdo con tus ingresos obtenidos.
  • Autónomo titular: existen un conjunto de obligaciones que el autónomo titular deberá honrar, estas son:
    • Realizar el pago correspondiente a las cotizaciones de Seguridad Social, para que el colaborador tenga acceso a todos los beneficios.
    • Pagar el sueldo al Autónomo Colaborador.
    • Entregarle su nómina en función de su categoría y el convenio establecido.
    • Los gastos por concepto de autónomo colaborador pueden ser contabilizados como gastos deducibles para tu negocio a los efectos de tu declaración de impuesto. Lo que termina convirtiéndose en una ventaja para el Trabajador Autónomo.

Contratación de hijo bajo el régimen especial

Con el Estatuto del Trabajo autónomo del año 2007, se incluyó la posibilidad de contratar a tus hijos menores de 30 años por cuenta ajena. En este caso, puede escoger la que consideren más beneficiosa, teniendo claro que la cotización en el régimen general no puede incluir la cobertura por desempleo.

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Los Colaboradores brindan un apoyo invaluable al autónomo titular, de esta relación ambos salen beneficiados en múltiples aspectos. Ya que conoces más sobre el tema, puedes considerar ser un autónomo colaborador.

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