Si estás investigando sobre Operaciones Vinculadas, llegaste al sitio correcto, porque en este artículo vas a conocer todos sobre ellas, cómo realizar la valoración de mercado, quiénes pueden incurrir en operaciones vinculadas y cuándo es obligatorio el modelo 232 como requisito probatorio.
Índice de contenido
Operaciones vinculadas
Las operaciones vinculadas son todas aquellas transacciones u operaciones que se llevan a cabo entre personas físicas o jurídicas, que tienen alguna relación entre sí. En algunos casos, pueden ser consideradas como fraude fiscal, razón por la cual tienes que estar atento a la legislación en esta materia, para cumplir cabalmente con el procedimiento que sea necesario. También, debe interesarte leer este artículo sobre abrir un negocio.
Operaciones vinculadas ajustadas al mercado
Las operaciones vinculadas son reguladas porque, por su naturaleza, es muy fácil que sean utilizadas con fines de evasión fiscal. Por lo cual, se estableció que las actividades relacionadas con estas operaciones debería estar ajustadas a los precios normales del mercado.
El valor de mercado se refiere, al costo que normalmente se fijaría entre personas o empresas que no tenga vínculos, es decir, bajo un ambiente de libre competencia y donde no exista ninguna relación de compromiso.
Personas o entidades vinculadas
Como su nombre lo indica, son aquellas personas naturales o jurídicas entre las cuales exista algún vínculo, lo cual pudiera servir para minorar el costo de las operaciones. De acuerdo con el artículo número 18 de la ley que regula el impuesto a sociedades, las personas o entidades vinculadas pueden ser:
- La entidad y sus socios o participantes.
- Una entidad y los consejeros o administradores, con excepción a la retribución por concepto de sus funciones dentro de la empresa.
- La entidad y sus cónyuges, o aquellas personas que están unidas por un parentesco directo o colateral, por sangre o afinidad hasta el tercer grado de los socios, participantes, consejeros o administradores.
- Entidades que pertenezcan al mismo grupo.
- Una entidad y los consejeros o administradores de otra entidad que pertenezcan al mismo grupo.
- Entre dos entidades donde una de ellas tenga una participación en la otra, de al menos el 25% de capital social o de los fondos.
- Dos entidades donde los mismos socios o personas unidas por vinculo participan de al menos el 25% del capital social o los fondos propios.
- Una entidad ubicada físicamente en España, y sus otras sedes ubicadas fuera del país.
Es decir, que cualquier operación realizada en alguno de estos casos antes mencionados, será considerada como operación vinculada, por lo cual los participantes estarán obligados a guardar cierta documentación que confirme el valor de la misma. Tal vez quisieras conocer más sobre las sociedad limitada.
Determinación del valor
Una vez que ya conoces claramente ¿qué son las operaciones vinculadas?, y además ¿en qué casos se pueden incurrir en operaciones de este tipo? Es importante que determinar cómo hallar el valor de mercado para tus actuaciones.
Métodos de valoración de las operaciones vinculadas
En la ley están establecidos varios mecanismos para la valoración de las operaciones, aunque de igual manera podrás utilizar otro que sea de uso general, lo más importante es que se respete la libre competencia.
Un aspecto de suma importancia a la hora de escoger el método a emplear, es la naturaleza de la operación, de tal manera que pueda justificarse el valor determinado con información fiable. A continuación, se destacan tres métodos que te pueden servir de guía para que determines el valor de mercado para tus operaciones.
Libre comparable
En este método, el procedimiento que debes realizar es comparar el precio que estimas colocar a tu producto o servicio contra el costo que pueda tener en una operación entre personas o entidades independientes.
Es similar a un estudio de mercado, esto se realiza con la finalidad de determinar el costo real y ajustar tu precio para evitar que las operaciones sean consideradas como fraudulentas.
Coste incrementado
Con este método, tendrás que ajustar el valor de costo o producción de tu producto o servicio en base al margen de ganancia obtenido habitualmente en operaciones similares con entes independientes.
Si no tienes un margen de ganancia establecido para tus operaciones, también puedes emplear el que personas o entidades independientes hayan aplicado al tipo de operación que quieres llevar a cabo.
Precios de reventa
En este tercer método, el valor de referencia que deberás tener en consideración para tu operación es el precio que aplica un revendedor en un caso similar, con personas independientes.
Con los métodos de valoración, lo que debes lograr es determinar un valor objetivo para aplicárselo a tus operaciones vinculadas, respetando la libre competencia y para evitar que puedan ser consideradas como fraudulentas.
Aspectos afectados por las operaciones vinculadas
Las operaciones vinculadas tienen un impacto dentro de la empresa o entidad que las realiza. De tipo contable, debido a la aplicación de la norma contable y normas internacionales sobre los costos internacionales.
De tipo fiscal, dada la necesidad de cumplir con las exigencias de la Agencia Tributaria. Y económico-financiero, debido a la disminución de ingresos producto de las operaciones vinculadas.
Modelo 232 para operaciones vinculadas
Es un modelo de obligatoria presentación para toda sociedad que lleve a cabo operaciones vinculadas, desde agosto de 2017. Se refiere a una declaración de tipo informativa que se consigna, vía electrónica, durante el onceavo mes posterior a la conclusión del período impositivo. Específicamente, entre el 01 y el 30 de noviembre, del siguiente año.
Deberás presentar esta declaración informativa:
- Cuando tus operaciones vinculadas para un mismo período coincidan en el tipo, persona y método de valoración superen la mitad de la facturación de la entidad.
- Si tus operaciones específicas del mismo tipo superan los 100.000 euros.
- Si durante el mismo período tus operaciones con una misma persona superan los 250.000 euros.
- Cuando tengas capital o realices operaciones con sociedades afincadas en paraísos fiscales.
Debes tener en cuenta que no resguardar la documentación de las operaciones vinculadas, no realizar la valoración de mercado y no presentar el modelo 232 puede tener consecuencias de tipo legal. Otro trámite que tal vez quieras conocer es la declaración responsable.
Con las operaciones vinculadas hay muchos aspectos que debes tener en consideración para evitar incurrir en faltas graves. Por este motivo la recomendación es que contactes con un especialista que se encargue de tener tu negocio actualizado en todos estos temas.