Iniciar una organización no lucrativa es un paso trascendental, pues su carácter altruista no le resta la necesidad de cubrir los costes de operación. Si necesitas saber ¿cuánto cuesta crear una asociación sin ánimo de lucro?, aquí encontrarás la respuesta.
Índice de contenido
- 1 ¿De qué se tratan las asociaciones sin ánimo de lucro?
- 2 Factores determinantes para saber cuánto cuesta crear una asociación sin ánimo de lucro
- 3 ¿Cuánto cuesta registrar una asociación sin ánimo de lucro?
- 4 Documentación requerida para determinar cuánto cuesta crear una asociación sin ánimo de lucro
- 5 Costes opcionales en los que se puede incurrir para crear una asociación sin ánimos de lucro
¿De qué se tratan las asociaciones sin ánimo de lucro?
Para entrar en contexto, es preciso definir que según lo contemplado por la legislación española, se considera asociación sin ánimo de lucro a la unión de dos o más personas que se agrupan para desarrollar una actividad en común de la cual no obtengan beneficio para sí mismos.
Por lo general, el objetivo planteado por las asociaciones es de tipo caritativo es desarrollar programas sociales, atender casos humanitarios, apoyar corrientes artísticas, culturales, deportivas, etc.
Una asociación sin ánimo de lucro tiene su propia personalidad jurídica, lo cual implica una serie de deberes y derechos formales de índole económico, contable, fiscal, civil y mercantil. Es decir, que se encuentra en el marco de las disposiciones legales que aplique.
Se encuentran amparadas por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, donde se diferencian de las comunidades de bienes o de propietarios, de las asociaciones cooperativas, las mutualidades y cualquier otra forma de asociación civil, mercantil, de fabricación o de trabajo.
Factores determinantes para saber cuánto cuesta crear una asociación sin ánimo de lucro
Para determinar los costes de creación existe una fase previa al registro, en la cual es necesario establecer primero algunos factores como:
- El domicilio: referente a la jurisdicción donde se encontrará ubicada la sede principal de la asociación. Este punto hace que los costes de registro varíen. Por ejemplo, no es lo mismo crear una asociación en Madrid que en Málaga.
- El objeto: el tipo de actividades que va a desarrollar y la naturaleza para la cual quiere ser creada la asociación, es otro factor que puede marcar diferencia en el coste, en vista de que ciertas labores ameritan permisos y trámites particulares con pagos adicionales.
- La carga impositiva: referente a los tipos de impuestos que deban pagar, éstos se determinan en función del segmento del mercado en el cual se vaya a desenvolver.
- El importe correspondiente al aporte de cada socio. Por ejemplo, cuando el aporte está representado en infraestructura, aplican cargos de avalúo que elevan la transacción.
¿Cuánto cuesta registrar una asociación sin ánimo de lucro?
Para registrar una asociación se debe tener en cuenta que existen diferentes tipos de costes, los cuales se pueden clasificar en:
- Honorarios profesionales del abogado que realizará la documentación.
- Coste de protocolización ante el notario o escribano.
- Costes ante la administración pública y tributos.
Honorarios profesionales del abogado
Para conocer este coste lo más recomendable es tomar como referencia el listado de honorarios emitido por el Colegio de Abogados y avalado por el Consejo General de la Abogacía de España. En este documento se presentan valores referenciales de cada acto desempeñado en el ejercicio profesional de los abogados.
No obstante, es preciso saber que la tarifa o precio final que aplica es la correspondiente al derecho comercial, referido a sociedades, corporaciones y fundaciones. El coste del servicio puede variar de acuerdo a la dificultad que cada caso represente, el prestigio del abogado, etc.
La función del abogado es orientar a los socios en la celebración de reuniones para establecer las normas de funcionamiento de la futura asociación y, posteriormente, traducirá tales decisiones en términos legales a fin de que puedan ser tramitadas ante las instancias públicas y privadas correspondientes.
Coste de protocolización ante el notario o escribano
Es lo que le da identidad a la organización, por medio del acto donde un notario o escribano le otorga formalidad jurídica a la asociación para dejar constancia ante terceros acerca de su existencia. Consiste en la recopilación de una serie de documentos y actas que describen la función, conformación del patrimonio y otras especificaciones establecidas en la ley.
La incorporación de documentos ocasiona un Protocolo Notarial, los costes de este trámite se componen de una tarifa fija por concepto del servicio público recibido y, adicionalmente, se pagará el importe en función del número de folios y las características que contenga cada documento a protocolizar.
Otro de los costes a tener en cuenta al momento de protocolizar es el ámbito de actuación de la asociación, ya que según su alcance (nacional, por provincia o local), se determinará la inclusión en uno u otro registro. Para lo cual es necesario presentar una copia de los DNI de cada fundador.
Los costes incluyen aranceles por los siguientes documentos:
- Petición de registro firmada según el modelo.
- 2 copias del Acta Fundacional y de los estatutos firmados por todos los socios promotores.
- Verificación de identidad de cada uno de los promotores mencionados en el acta fundacional.
- Pago de las tasas derivadas del registro.
En caso de ser desestimada la solicitud y se desee realizar una nueva petición, se deben pagar nuevamente todos los aranceles.
Costes ante la administración pública y tributos
Todo acto público requiere el pago de tasas e impuestos al Estado, en este orden de ideas, para saber cuánto cuesta crear una asociación sin ánimo de lucro desde el ámbito de la carga impositiva, es necesario comenzar por solicitar el CIF.
- Agencia tributaria
Para obtener el Código de Identificación Fiscal (CIF) es necesario rellenar el modelo 036 y consignarlo de manera digital o personal en la Agencia Tributaria. Este trámite es gratuito y a su vez sirve para solicitar el inicio de la actividad. Si desconoces el procedimiento para realizar el alta en los distintos organismos de gobierno, te recomendamos la lectura del post sobre darse de alta como autónomo.
- Alta en organismos públicos
El alta de la dirección electrónica de notificaciones es un requisito indispensable que se tramita presentando el certificado digital emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, más el código del certificado digital asignado por la Agencia Tributaria.
También se tiene el alta en el Registro de Asociaciones Autonómicas o en el Registro Nacional de Asociaciones, dependiendo del ámbito de actuación de la entidad.
- Impuesto al Valor Añadido (IVA)
Cuando la asociación comience a operar deberá realizar compras, no obstante, la ley tiene previsto que este tipo de sociedades pueden solicitar la exención del IVA en algunos rubros, como las cuotas de los socios y todas las actividades vinculadas con el objeto social. Para hacer efectivo este trámite, se eleva una solicitud por escrito a la Agencia Tributaria.
Cuando la asociación inicie su facturación, debe tener en cuenta que algunas actividades son exoneradas del Impuesto al Valor Añadido. Si desconoces cuáles son, te las explicamos en el post sobre operaciones exentas de IVA.
- Impuesto de Sociedades
Establece el pago del 10% a las asociaciones no lucrativas que no estén obligadas por otra ley. Se establece un beneficio para organizaciones con un menor número de socios y que sus ingresos totales, si no superan los 50.000 € anuales. Además, de otras condicionantes referidas a las rentas no exentas hasta los 2.000 € por año y la obligatoriedad de retención de las rentas no exentas.
Documentación requerida para determinar cuánto cuesta crear una asociación sin ánimo de lucro
Para establecer el pago al crear una asociación sin ánimo de lucro, es necesario consignar los siguientes documentos:
Acta Fundacional
Reúne la información que describe a cada una de las personas físicas o jurídicas que han tomado la iniciativa de conformar la asociación, se trata de los socios que harán un aporte en bienes o en trabajo, por un periodo de tiempo indefinido, a fin de cumplir un objetivo específico. El documento también especifica la estructura organizativa y el rol que ocupará cada socio (presidente, secretario, tesorero, etc.).
Otros detalles que debe contener el documento es el nombre o la denominación social de la asociación, el domicilio donde funcionará, el objeto o la razón para la cual ha sido creada, los recursos con los que cuenta para funcionar y una descripción detallada de los aportes individuales de cada miembro para establecer la participación porcentual.
El acta fundacional se divide en las siguientes partes:
Sección introductoria
Describe nombres y apellidos completos de las personas físicas, seguido de su respectivo número de documento nacional de identidad (DNI) o pasaporte, si fuera el caso. Después, aparecen las personas jurídicas, seguido de su número de información fiscal (NIF) y el domicilio. En este espacio se deben registrar al menos tres personas.
Sección descriptiva
Refleja la denominación de la asociación, es decir, el nombre completo con sus respectivas siglas o acrónimo si decide usarlo, el mismo debe ser explícito y alusivo al objeto para el cual está siendo creada la organización.
Además, reseña el objeto social o área de acción que motiva la creación de la asociación, a que segmento de la población irá dirigido y la manera cómo se hará efectiva tal contribución social. Otro de los aspectos a tener en cuenta es el radio de alcance de la asociación, determinando si el ámbito será en todo el territorio nacional, a nivel departamental, de comunidades autónomas o a nivel local.
Por ejemplo:
El objeto es impulsar las microfinanzas rurales de las mujeres en estado de pobreza, por medio de cursos de formación en gestión de proyectos productivos autónomos.
En esta sección también se describe el aporte realizado por los socios.
Sección aprobatoria
Detalla el lugar y fecha de concesión del Acta, el nombramiento de los miembros que conformarán el órgano de Gobierno y por último, la firma conforme de los socios promotores que serán los representantes de la asociación.
Estatutos de la Asociación
Son obligatorios y deben ser formulados por los propios socios para determinar la forma de funcionar y el gobierno que regirá las actividades. Se trata de una serie de reglas internas que estipula derechos y obligaciones de los asociados, el patrimonio, la administración, las funciones directivas, normas para la designación, sanciones, deliberaciones, requisitos para el ingreso a la sociedad y duración de las Juntas Directivas.
Costes opcionales en los que se puede incurrir para crear una asociación sin ánimos de lucro
Es frecuente que estas asociaciones utilicen todos los medios digitales para promocionar su misión altruista, en consecuencia, otros costos que se deben considerar al momento de su creación son:
- Verificación de disponibilidad y pago por el dominio web, para crear la página online y obtener la dirección url.
- Servicios publicitarios en diferentes medios de difusión.
- Registros comunitarios que pudieran aplicar dependiendo de la ubicación y las actividades a ejecutar.
Ya sabes todo lo necesario para estimar cuánto cuesta crear una asociación sin ánimo de lucro. Ahora, si conocer los pasos para contratar personal por primera vez, te recomendamos leer cómo dar de alta a un trabajador.